¿Cómo Asociarse?

Requisitos necesarios para altas en la SAT:

  • Ser socio de la ACRE.
  • Ficha Socio cumplimentada.
  • Fotocopia N.I.F.
  • Fotocopia Libro de Registro de la Explotación.
  • Acreditación de ser titular de explotación agraria.
  • En el caso de persona jurídica, deberá acompañar además los siguientes documentos:
    • Certificado del acuerdo del órgano competente para integrarse en la S.A.T. a constituir y aportación al capital social.
    • Acreditación del representante designado para actuar ante la S.A.T.
  • Resguardo del ingreso de las 500€ de aportación al capital social en la cuenta que se determine para este fin.
  • Datos bancarios donde efectuar todas las transacciones de la S.A.T.

¿Qué es la SAT?

La SAT Carne de Retinto nº 9954 fue constituida en 1999 con el fin de comercializar los animales destinados a carne de la Raza Retinta.

Convencida de la excelente calidad del producto que comercializa, contribuye con la Asociación Nacional de Raza Retinta en la difusión de la carne amparada por la Marca de Garantía «Carne de Retinto» y el Logotipo “100% Raza Retinta”.

Todos los productos de los animales sacrificados a través de la SAT, que superan los controles establecidos, son etiquetados con el sello de la Marca de Garantía y la nomenclatura «Carne de retinto», “100% Raza Retinta”.

Hoy por hoy somos los únicos que comercializamos animales cuyos productos están amparados por ambos distintivos.

Órganos de Gobierno

La actual Junta Rectora está integrada por las siguientes personas:

  • Presidente: D. Ángel Rodríguez-Armijo Sánchez (DEHESA DEL RAÑAL, S.L.)
  • Vicepresidente: D. Gregorio Moreno Fernández de Córdova
  • Secretario: D. José Mª Pérez Rocha (HIJOS DE JOSÉ MARÍA PÉREZ VERGEL, C.B.)
  • Tesorero: D. Eduardo Cervera Cottrell (S.A.T Nº 253 «EL MASTRAL»)
  • Vocales:
    • D. Enrique Egea Moreno (ANTONIO EGEA COLAS)
    • D. Taco Mesdag (RONDALUCÍA, S.A.)
    • D. Miguel Ángel Hernández Día (Dª María Gracia Díaz Portillo)

LA LONJA DE BINÉFAR

FECHA: 06/09/2023

Animales de/ menos de 280 kg                   5,06 – 0,30 =  4,76 €

Animales de 281 kg a 320 kg                       5,03 + 0,10 =  5,13 €

Animales de 321 kg a 370  kg                      4,97 + 0,10 =  5,07 €

Animales de  + 371 kg                                  4,97 + 0,15 =  5,12 €