Marca de Garantía


OBJETIVO
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente apostó fuertemente por la defensa de las razas autóctonas y, encuadrado en el marco del Plan de Desarrollo del Programa Nacional de Conservación, Mejora y Fomento de las Razas Ganaderas, publicó el Real Decreto 505/2013 de 28 de junio, por el que se regula el uso del logotipo Raza Autóctona en los productos de origen animal.
Esta Asociación lleva tiempo luchando por la defensa de unos sistemas productivos que contribuyan a la protección y conservación de nuestras Razas Autóctonas así como de los ecosistemas a los que van unidas, por lo que podemos asegurar, que esta normativa ha sido un paso de gran importancia en la diferenciación de una producción de calidad, como instrumento que garantiza que la procedencia de nuestras carnes es íntegramente española y de poblaciones existentes en pureza, lo que contribuye a la conservación del patrimonio genético del país.
RAZA AUTÓCTONA 100% RETINTA
La Asociación Nacional de Raza Retinta por Resolución de 6 de noviembre de 2013 de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, fue la primera de las asociaciones de raza autóctona en nuestro país, en ser autorizada al uso del Logotipo: Raza Autóctona 100% Retinta.
El distintivo “Raza Autóctona 100 % Retinta” es propiedad del Ministerio de Agricultura, el cual cede su uso a la Asociación Nacional de Raza Retinta, lo que supuso adquirir la responsabilidad del uso correcto del mismo, verificando que los animales y productos amparados por él, procedan de animales de Raza Retinta, realizando los controles necesarios en las distintas fases de producción, transformación y comercialización.
El pliego presentado y autorizado por el MAGRAMA, recoge la obligatoriedad de utilizar ambos etiquetados de forma conjunta.

